USO DE LA INFORMACION CREDITICIA EN LAS CENTRALES DE RIESGO
En cumplimiento de las Circulares Externas 023 y 033 de 2004 expedidas por la Superintendencia Bancaria, en relación con el uso de la información crediticia en las centrales de riesgo, la Cooperativa Financiera de Antioquia se permite informar a sus clientes y asociados sobre el alcance de los convenios celebrados con las centrales de riesgo, los efectos generales que conlleva el reporte y las reglas sobre permanencia del mismo, adoptadas por tales centrales de riesgo, conforme a los parámetros y alcances señalados por la Corte Constitucional.
1. Alcance de los convenios con las centrales de riesgo
Con sustento en la autorización previa y expresa de los clientes y/o asociados, la Cooperativa Financiera de Antioquia esta facultada para procesar, solicitar, reportar y divulgar ante cualquier entidad que maneje o administre base de datos, su información personal, comercial y financiera, así como la información referente con el pago oportuno de su(s) crédito(s), el valor adeudado, la fecha desde la cual el deudor está a paz y salvo, el plazo de la mora, la forma en la que se obtuvo el pago del crédito, esto es si fue voluntario o forzado y demás datos exigidos por las centrales de riesgo para reflejar una información veraz sobre el deudor. Con los fines indicados hemos celebrado convenios con la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (CIFIN), Computec S.A. (Datacrédito) y Procrédito.
2. Efectos generales que conlleva el reporte
- El reporte que como entidad usuaria de las centrales de riesgo realizamos, describe la información presente e histórica sobre la capacidad económica de nuestros asociados y/o clientes, concretamente a la manera como atienden sus obligaciones económicas para con la Cooperativa.
- Permanente y periódicamente se actualizan los reportes de acuerdo con el comportamiento que tenga el cliente con sus obligaciones, hasta su cancelación total.
- La información reportada, es recolectada, procesada y almacenada por las centrales de riesgo en sus bases de datos, y posteriormente suministrada a las entidades usuarias. - Dicha información es utilizada por las entidades usuarias como una herramienta adicional de evaluación del riesgo crediticio en el otorgamiento de operaciones de financiación.
- El reporte sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones se conserva en las bases de datos, por periodos históricos, contados a partir del pago de la obligación; siendo responsabilidad de cada central de riesgo, el manejo de la permanencia del dato, de acuerdo con los reglamentos que han implementado para tal fin.
3. Reglas sobre la permanencia del dato en centrales de riesgo
La permanencia de la información registrada por cada central de riesgo que suministran sus servicios a la Cooperativa Financiera de Antioquia, adoptaron las reglas de la Sentencia SU-082 de 1995 de la Corte Constitucional para llevar a cabo el cálculo de las permanencias de cada obligación, así:

